Contacto
prensa

Amelia Muñoz Gómez
+34 635 587 327
amunoz@kreab.com

EsPlásticos y Feique presentan un Estudio comparado sobre la regulación de los Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor en diferentes países de la Unión Europea y Reino Unido

27 de enero de 2023

Desde EsPlásticos y la Federación Empresarial de la Industria Química (Feique) presentamos el pasado 20 de enero a nuestros asociados un estudio comparado sobre la transposición de la Directiva de envases y residuos de envases industriales (UE) 2018/852 que modifica la Directiva 94/62/CE. Este informe, encargado a la consultora Ceca Magán, examina la regulación a nivel jurídico de los Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor en 11 países europeos claves para el comercio exterior de sectores como el químico o el de los plásticos en España.

Durante la presentación participó nuestra portavoz y directora general de Plastics Europe Iberia, Alicia Martín junto a María José Rovira, socia coordinadora Área Público y Regulatorio de Ceca Magán; María Eugenia Anta, directora de Gestión de Productos Químicos e Internacionalización de Feique; y Carlos Molina, coordinador de Comercio Internacional de Feique.

En el Estudio se han analizado los Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor (SRAP) de Francia, Alemania, Italia, Portugal, Países Bajos, Bélgica, Polonia, Grecia, Irlanda y Austria. También se incluyó Reino Unido al incorporar recientemente las Directivas del paquete de economía circular pese al Brexit.

La nueva legislación en España, con la reciente aprobación en diciembre del Real Decreto de Envases y Residuos de Envases, incorpora la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) para los envases industriales y comerciales, modificando las obligaciones anteriores respecto a la gestión de los residuos de envases y embalajes, recayendo la responsabilidad en el envasador (productor de producto) en lugar del poseedor final, cómo había sido hasta el momento. En este contexto, todos los residuos de envases deberán contar con un SRAP que aplique a envases y embalajes industriales desde el 31 de diciembre de 2024.

Esta normativa compromete a las empresas a establecer, bien un sistema Individual (propio) de Responsabilidad Ampliada (SIRAP), bien un Sistema Colectivo (SCRAP) en el que un conjunto de empresas envasadoras, importadoras o representantes autorizados de compañías extranjeras que ponen envases y embalajes industriales y comerciales en el mercado español, se unan para facilitar este cumplimiento legal.

Durante la presentación del Informe se hizo referencia a la reciente creación del Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) ENVALORA, impulsado por Cicloplast junto con Anaip, Feique y otras 20 asociaciones que trabajan en una solución para que las empresas puedan cumplir con las nuevas obligaciones de organizar y financiar la gestión de los residuos de envases industriales y comerciales que ponen en el mercado. Hoy en día, más de 240 empresas forman ya parte del proyecto ENVALORA tanto multinacionales como PYMEs, al considerarlo la mejor opción para cumplir con la normativa.

 

Conclusiones del Estudio

En este contexto, se ha elaborado este estudio con la finalidad de analizar en profundidad el estado de la cuestión, los requisitos técnicos y de tramitación de estos 10 países de la UE y Reino Unido, con el fin de facilitar la exportación de productos industriales envasados y embalados a las distintas jurisdicciones.

El estudio arroja una serie de conclusiones clave, entre las que se encuentran las siguientes:

  • Las definiciones de envases y agentes económicos en relación con los envases reguladas por las distintas legislaciones nacionales siguen, con mayor o menor literalidad, la Directiva 64/92.
  • En términos generales, todos los regímenes del SRAP para envases industriales parten del régimen existente para envases domésticos de forma que o bien aún no se ha completado su desarrollo legislativo o aún existen ciertas lagunas en su aplicación práctica sin respuesta legal vigente.
  • Hay normativas que regulan el agente exportador que comercializa envases y productos envasados en el mercado nacional sin contar con sucursal, dando la opción o exigiendo el nombramiento de un representante autorizado en el país de destino que se haga cargo, en su nombre, del cumplimiento de las obligaciones de financiar y gestionar los residuos de envases.
  • Las normativas nacionales exigen, para facilitar el control de cumplimiento, informar a través de un Registro nacional de Productos, de los envases y residuos de envases desglosados por tipos, materiales y toneladas, comercializados anualmente en el mercado, lo que obliga a los agentes económicos a justificar el cumplimiento de los objetivos de recuperación y reciclado asignados, así como la gestión de un volumen/toneladas de residuos de envases similar a la cantidad comercializada en el mercado el año anterior.
  • Todas las normativas nacionales prevén el cumplimiento, por parte de los agentes, de la RAP para envases y residuos de envases de forma individual y/o colectiva como muy tarde el 1 de enero de 2024. Aunque algunas legislaciones nacionales han adelantado el plazo de exigencia del SRAP para envases y residuos de envases industriales.
  • Los sistemas colectivos de RAP (SCRAP) gozan, en las legislaciones nacionales de muchos rasgos comunes, aunque hay discrepancias en el cumplimiento de las obligaciones, dado que algunos países han adoptado umbrales de volumen de envases para algunas obligaciones como el pago de tasas, la obligación de participación, los requisitos de funcionamiento, los aspectos de representación o las contribuciones financieras de los adheridos, entre otros. Ello implica que se pueden establecer diferencias importantes entre países. Un claro ejemplo es el caso de Irlanda, siguiendo como ejemplo al Reino Unido, exigen diferentes tasas en el Registro de Productores y diferencian las obligaciones por tamaño de empresas.