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Posición del sector de los plásticos sobre la aprobación del Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados

19 de mayo de 2021

Desde EsPlásticos, plataforma que aúna los diferentes agentes que forman parte del sector y de la cadena de valor de los plásticos, acogemos positivamente la aprobación por parte del Gobierno de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados como una oportunidad para armonizar medidas a nivel nacional para que las CCAA legislen  basándose en ella y  evitar la proliferación de normativas que puedan dar lugar a confusión e incertidumbre jurídica.

No obstante, creemos que hay medidas discriminatorias y desproporcionadas para el sector del plástico que van en contra del objeto general de la ley, la prevención del residuo, y que obstaculizan la implantación de la Economía Circular en un sector, el del plástico, que se encuentra completamente volcado en fabricar productos más reciclables y que incorporan un mayor contenido en reciclado, e innovando en modernos procesos de reciclado. Siendo el plástico un material que contribuye al desarrollo sostenible reduciendo el desperdicio alimentario y mejorando la huella de carbono gracias a su ligereza.

 

Relativo al impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables consideramos:

El impuesto constituye una medida discriminatoria, ya que sólo se fija en envases de plástico no reutilizables y no de otros materiales que también son susceptibles de acabar en el medio ambiente. Y desproporcionada, porque su ámbito excede a los envases plásticos de un solo uso definidos en la Directiva 2019/904. Asimismo, el impuesto no supondrá un beneficio para el medio ambiente, dado que provocará un cambio hacía envases y productos de otros materiales más pesados generando un aumento en el total de residuos.

 

 

  • La medida de exención de los envases médicos y farmacéuticos resulta insuficiente, ya que consideramos que los envases industriales y comerciales también deberían estar exentos dado que su uso es indispensable y de difícil sustitución por cuestiones de seguridad, transporte y logística.
  • El aplazamiento de tres meses de la entrada en vigor del impuesto resulta insuficiente, tal y como indica el Dictamen del Consejo de Estado. Dada su complejidad y el desarrollo reglamentario del impuesto, vemos necesario que el impuesto empiece a aplicarse a los seis meses desde la publicación del reglamento que desarrolle el impuesto, permitiendo así una transición más justa.
  • La aplicación del impuesto afectará principalmente a los consumidores de rentas medias y bajas, ya que y generará una subida en el precio de muchos productos de primera necesidad cuyo envase contienen plástico, encareciendo la cesta de la compra de todo tipo de rentas y de forma especial a las rentas más bajas. También afectará a toda la industria española, que usan envases de plástico. No sólo restará competitividad a los envases plásticos, sino que supondrá una distorsión en el mercado arbitraria (porque no está basada en ACV que demuestren el beneficio medioambiental de las potenciales alternativas).
  • Además, creemos necesario acotar las exenciones del impuesto a las importaciones de envases a un límite máximo mensual de 5 kg para evitar el fraccionamiento de envíos con el fin de eludir el pago del impuesto y proteger la competitividad de la industria española.

 

Por otro lado, consideramos desmesurados los objetivos de reducción del 50% en 2026 y del 70% en 2030 en el consumo de envases de comida y bebida de un solo uso, puesto que el propio Consejo de Estado en su dictamen, pone de manifiesto que dichos objetivos de reducción no cuentan con una justificación o análisis del impacto que los avale. Creemos que puede desencadenar la sustitución por otros materiales de un solo uso mucho más pesados haciendo que se generen más residuos. Además, estos materiales sustitutivos suelen ser multimaterial y por tanto su reciclaje es mucho más complejo y tendrán un mayor impacto ambiental.

Creemos que merece la pena destacar el hecho de que Portugal, en la trasposición de la Directiva, ha fijado objetivos del 30% para 2026 y del 50% para el 2030 incluyendo en los mismos, a todos los envases de un solo uso independientemente del material con el que estén fabricados, lo que parece más alineado con el objetivo de impulsar la Economía Circular.

Esta nueva ley puede incidir de forma negativa en la generación de empleo de un sector con más de 93.000 empleos directos de calidad e incluyendo indirectos e inducidos son en total 255.000. Tengamos en cuenta, que muchas de estas más de 300.000 personas se verán afectadas pudiendo reducirse el empleo directo en más de un 40% de aquí a 2030. Un efecto aún más devastador si tenemos en cuenta el contexto económico post pandemia. Además, se debilita a un sector industrial medio ambientalmente responsable, que ha demostrado su capacidad de abastecimiento de productos de primera necesidad y su compromiso con la sociedad durante la pandemia. Algo que sin duda reafirma la esencialidad del sector.

Por último, valoramos positivamente que fruto de las observaciones del sector en la fase de consulta pública del Anteproyecto de Ley, se establezca un impuesto de carácter indirecto para erradicar el depósito en vertedero de aquellos residuos que no han pasado por un proceso de reciclaje finalista, una práctica no prioritaria desde el punto de vista de la jerarquía de residuos, que se verá desincentivada con esta medida fomentándose el reciclaje.

La economía circular, bajo nuestro punto de vista, consiste en reintroducir de nuevo los plásticos reciclados en los productos, y generar empleo y riqueza en el país. Por tanto, los objetivos fijados supondrán la destrucción de empleo y la pérdida de competitividad de España respecto a otros países.